Derechos de autor y cesión de licencias de uso de NFT

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Guillermo Ayuso

El presente análisis debe partir de la premisa de que los NFTs no poseen -ni otorgan-, intrínsecamente, derechos de uso -mucho menos licencias-. Es por ello que debe ir acompañado de un contrato en donde expresamente el contenido subyacente que posee el NFT sea transferido.  A tal efecto la autorización que el titular de los derechos patrimoniales de una obra literaria, artística, musical, audiovisual o de software da a otras personas sobre lo que pueden y no pueden hacer con la obra, se realiza a través de una Licencia de Uso. 

Fotografía de Beincrypto. Disponible en Noticias Bitcoin, Blockchain y Fintech – BeInCrypto

Licencias de uso

La licencia es un documento que expresa la voluntad del autor sobre los límites y alcances del uso que pueden hacer las personas respecto a la:

  • Copia,
  • Reproducción,
  • Modificación,
  • Traducción y
  • Adaptación.

En este sentido se pueden encontrar una variedad de tipos de licencias que pueden ir desde las más restrictivas, en la cual el autor se reserva todos los derechos (de ahí la expresión “todos los derechos reservados”), hasta las licencias más permisivas en las cuales el autor autoriza una amplia posibilidad de usos de la obra a las personas («algunos derechos reservados»), el extremo de esta posibilidad es el dominio público.

En virtud del Artículo 56 del Real Decreto Legislativo 1/1996 de 12 de abril, el adquirente de la propiedad del soporte a que se haya incorporado la obra no tendrá, por este solo título, ningún derecho de explotación sobre esta última.

En todos estos tipos de licencias está el principio de respeto por los Derechos Morales, lo que implica que en ningún momento una persona puede adjudicarse la autoría de una obra que no ha creado, independiente de la licencia que tenga.

Disclaimers

La forma de indicar los términos de la Licencia de Uso en una obra, es a través de una leyenda que sintetice lo que se puede y lo que no se puede hacer con la obra. Por ejemplo:

Todos los Derechos Reservados © Nombre del Autor y/o Nombre de la Discográfica/Editorial/Distribuidora con licencia cedida a EJEMPLO SL. 

Prohibida la venta, distribución, difusión, reproducción total o parcial de esta obra, por cualquier medio, en términos contrarios a los previstos en nuestros Términos y Condiciones de Uso.

Si utilizamos, por ejemplo, OpenSea para mintear nuestros NFTs, la plataforma habilita un campo para la descripción del NFT. Este sería el lugar indicado para ubicar el disclaimer correspondiente. 

Sin embargo y para el caso de plataformas más sofisticadas, lo ideal sería añadir el epígrafe en algún campo de metadatos del NFT que se pueda congelar y de igual forma ubicarlo en un lugar visible en la página web.

Cobertura legal internacional

Para dar cobertura internacional en materia de derechos de autor, recomendamos utilizar los estándares de licencia de la Fundación Creative Commons. Existen seis tipos de licencias y están ordenadas de mayor a menor permisividad:

  • CC BY: Esta licencia permite a los usuarios distribuir, transformar, adaptar y trabajar sobre el material en cualquier medio o formato, siempre que se cite al creador. Esta licencia permite el uso comercial.
  • CC BY-SA: Esta licencia permite a los usuarios distribuir, modificar, adaptar y utilizar el material en cualquier medio o formato, siempre que se cite al creador. La licencia permite el uso comercial. Si el usuario modifica, adapta o transforma el material, debe licenciar la obra modificada bajo los mismos términos.
  • CC BY-NC: Esta licencia permite a los usuarios distribuir, adaptar y transformar el material en cualquier medio o formato con fines no comerciales, siempre y cuando se cite al creador.
  • CC BY-NC-SA: Esta licencia permite a los usuarios distribuir, adaptar, transformar y utilizar el material en cualquier medio o formato con fines no comerciales, siempre y cuando se cite al creador. Si usted modifica, adapta, transforma el material y lo utiliza, debe licenciar el material modificado bajo los mismos términos.
  • CC BY-ND: Esta licencia permite a los usuarios copiar y distribuir el material en cualquier medio o formato sin adaptarlo, siempre y cuando se cite al creador. La licencia permite el uso comercial.
  • CC BY-NC-ND: Esta licencia permite a los usuarios copiar y distribuir el material en cualquier medio o formato sin adaptarlo, sólo con fines no comerciales y siempre que se cite al creador.

Creative Commons recomienda que para elegir la licencia más adecuada a nuestros intereses respondamos a las siguientes preguntas:

  • ¿Quiere permitir que se compartan adaptaciones de la obra?
  • ¿Quiere permitir usos comerciales de la obra?
  • ¿Quiere permitir royalties por parte de cada futuro vendedor?

Una vez seleccionados los criterios preferidos, generamos una licencia en el portal de Creative Commons y le damos visibilidad en la página web y en los metadatos del NFT.

Un ejemplo de cómo sería la visual de una licencia CC BY-NC-ND de Creative Commons:

Creative Commons License

Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional.

Vicox Legal puede ayudarte en cualquier asunto legal relacionado con derechos de autor, licencias de uso, propiedad intelectual, propiedad industrial y registro de marcas y patentes.

Si este post ha sido de ayuda no dudes en compartirlo, pero cita al creador 😉

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